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pastarchivesLas inversiones de las compañías o empresas privadas para la instalación de bombas de calor alta eficiencia para la calefacción de locales, podrán disfrutar de una deducción fiscal del Impuesto sobre la Renta 65%. 

Esto significa que si usted invierte 1.000 € (IVA incluido y el trabajo de instalación), no 650 € pagar en impuestos. La deducción, sin embargo, se divide en años 10.

La deducción está planeado desde hace algunos años, pero hay algunos puntos que no son siempre claras para el usuario. A continuación vamos a tratar de arrojar luz sobre los puntos más importantes a fin de tomar ventaja del impuesto.

Requisitos generales del edificio

  • debe ser "actual" (ver nota 1), Es decir apilados o solicitud de apilamiento en marcha, e ICI pagado, en su caso;
  • debe estar equipado con un sistema de calefacción (ver nota 1);
  • se permite en caso de demolición para deducir sólo la "reconstrucción fiel." Sin embargo, si se trata de ampliaciones, se cree que puedan ser considerados elegibles para la ayuda sólo funciona sobre los partidos 'existentes'.

Requisitos técnicos para las bombas de calor que se instalarán:

  • La intervención debe ser visto como reemplazo total el antiguo sistema de calefacción y no como una nueva instalación (véase la Resolución N º AdE. 458 / E de 1 / 12 / 08 ver nota 2).
  • le bombas de calor tema de la instalación debe garantizar un coeficiente de rendimiento (COP) y, si el dispositivo también ofrece el servicio de aire acondicionado en verano, un índice de eficiencia energética (EER) de por lo menos los valores mínimos pertinentes establecidas en el anexo I de la DM 06.08.09; Descargue los 65% bombas de calor declaración de deducción.
  • si se instalan bombas de calor eléctricas con velocidad variable (inversor), los valores correspondientes que figuran en el anexo I se reducen% 5

Documentos requeridos:

a) El cliente debe tener y mantener la siguiente documentación:
  • jurada elaborado por un ingeniero cualificado (Ingeniero o Arquitecto registrado en el Agrimensor o profesional o experto por escrito al profesional), en el que se afirma que la bomba de calor asegura un coeficiente de rendimiento (COP) y, cuando el aparato proporciona también la aire acondicionado servicio en verano, un índice de eficiencia energética (EER) por lo menos igual a los valores mínimos aplicables especificados en el anexo I de los "edificios decreto" y también que el sistema de distribución es equilibrado y ajustado en relación con el ámbito de aplicación;
  • alternativamente, En el caso de las plantas de potencia eléctrica nominal no superior kW 100, certificación Fabricante lo que indica el cumplimiento de dichos requisitos.

NB Bajo las nuevas disposiciones (DM 6 2009 de agosto), la declaración jurada puede ser:

  • sustituye por declaración hecha por gerente de construcción sobre el cumplimiento del proyecto de las obras (obligatorio en virtud del artículo 8 párrafo 2, del Decreto Legislativo n º 192 de 2005..);
  • explícito en reportar que acredite el cumplimiento de los requisitos para la contención
    el consumo de energía de los edificios y sus sistemas de calefacción (que según el art. 28 párrafo 1, de la Ley n °10 de 1991 deberán ser depositados ante las autoridades competentes)

Y finalmente necesitamos para mantener a los siguientes documentos:

  • facturas respecto de los gastos realizados, que claramente soportar separado la voz de la mano de obra de los materiales;
  • justificante de la transferencia bancaria o posterior (pago requerido en el caso de solicitante individual), indican claramente que la razón para la referencia a la Ley de Finanzas 2008, Número de factura y fecha de caducidad de referencia, además de la deducción código tributario y el código fiscal o número de identificación fiscal del beneficiario de la transferencia (para las empresas que no tengan que pagar en efectivo por adelantado);
  • recibido el envío de la ENEA (Código basado en la actualización incremental), lo cual es una garantía de que la documentación se ha remitido.
b) por el trabajo realizado después de 15 / 8 / 09, los documentos que se enviarán a ENEA: (sólo a través de la página web: http://finanziaria2010.enea.it dentro de los días 90 después del final de la obra, es decir, esta definición la inspección de las obras (ver nota 3)
  • Intervención Sheet (Anexo E DM 07.04.08), que podrá ser realizada por el usuario individual;
c) Los documentos que se enviarán a la Renta:
  • comunicación, el único trabajo que continuar más allá del año fiscal.

Información para la transmisión de documentos a ENEA

Una vez conectado al sitio de la entrega, para la transmisión de documentos, usted debe hacer:

  • registro de usuario (Para ser ejecutado sólo una vez, también en el caso en el que transmitir más peticiones). En esta etapa, usted debe completar el formulario de registro con sus datos y entregar dirección de correo electrónico y la contraseña necesaria para el siguiente paso;
  • autenticación (Al ingresar su dirección de correo electrónico y la contraseña previamente suministrados);
  • identificación de mejoras energéticas llevadas a cabo, los antepasados ​​de los archivos adjuntos automáticos que debe llenar.

Los documentos originales deben estar en su lugar firmado (Y, posiblemente, sellada por el ingeniero y firmada por el solicitante), la evidencia en el impuesto.

Información adicional sobre cómo tomar ventaja de los beneficios de las intervenciones dirigidas a ahorro de energía, están presentes en nuestra área Preguntas frecuentes sobre la deducción de impuesto sobre la renta 65%.

 

Si usted quiere hacer la ideas en el calentamiento con bomba de calor, Se puede encontrar información valiosa en los siguientes enlaces:

 

Nota 1: 
Un edificio se considerará que existe es apiladas o por lo menos, si se presenta la solicitud de apilamiento y si usted paga el 'AQUÍPuede ser debido. Además, se cree que un sistema de calefacción para ser considerado como tal, debe cumplir con la definición del punto 14 anexo A a D. Decreto 192 / 05, disponible en nuestro sitio web y que se incluye en su totalidad aquí: "El sistema de calefacción es un sistema tecnológico para la calefacción y ambientes con aire acondicionado, con o sin agua caliente sanitaria y para la salud o para la sola producción centralizada de agua caliente para los mismos usos, incluidos los sistemas de producción, distribución y utilización del calor y de los organismos de regulación y control, centrales térmicas están incluidos en los sistemas de calefacción calefacción individual, mientras que las centrales térmicas no se consideran dispositivos como estufas, chimeneas , aparatos para localizadas energía radiante calefacción; dicho equipo, si fija, sin embargo, se asimilan a las plantas térmicas cuando la suma de la potencia nominal de los equipos al servicio de la unidad de vivienda hogar es mayor o igual a kW 15.

 

Nota 2: 
La instalación de bombas de calor se ve facilitada por el art. 1 c. 5 la mencionada "edificios decreto" que admite deducir el "reemplazo" de los sistemas de calefacción durante el invierno con los sistemas de bombas de calor de alta eficiencia y con sistemas geotérmicos de baja entalpía con el desarrollo simultáneo y equilibrado del sistema de distribución de calor . El citado artículo no especifica si la sustitución debe ser total o sólo parcial, pero la Agencia Tributaria de 458 1 2008 resolución / E de diciembre, sobre la base de la falta de "mención explícita de la palabra" parcial "en el texto de" arte. 1 c. 5 del decreto, se ha interpretado que el beneficio se considera limitada a la Sustitución completa de los sistemas de calefacción durante el invierno con las bombas de calor de alta eficiencia, a condición, por supuesto, que el rendimiento de la bomba de calor no tiene menos que el especificado en el anexo I de la DM 6 / 8 / 09. Se excluye por lo tanto - según la ADE - la posibilidad de sustituir sólo parcialmente una planta térmica existente con un sistema de bomba de calor, en contraste con lo que puede suceder en su lugar si el sistema existente se sustituye parcialmente con una caldera de condensación.

 

Nota3:
ENEA no se enviará una pregunta, sino una documentación técnica (certificado de calificación energética y / o la hoja de información). La resolución 244 / E de 2007 Agencia Tributaria manifestó que los plazos para el envío de la documentación se inicia desde el día de la "prueba" al final de la obra.

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